A Asociación de usuarios

¿Qué es la Asociación de Usuarios?

Es un grupo de personas con vocación de servicio, afiliadas al régimen contributivo o subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que tienen derecho a acceder a los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación.

Su función principal es velar por la calidad de la atención y la defensa de los derechos y deberes de todos los usuarios de la institución.

Todas las personas afiliadas al SGSSS pueden participar conformando asociaciones o alianzas de usuarios, las cuales actúan como representantes ante las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y las Empresas Promotoras de Salud (EPS), ya sean de carácter público, mixto o privado.

¿Dónde deben existir las Asociaciones de Usuarios?

  1. En las Empresas Sociales del Estado (ESE).
  2. En las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).
  3. En las Empresas Promotoras de Salud del régimen contributivo y subsidiado (EPS).

¿Cómo se conforman las Asociaciones de Usuarios?

  1. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo o subsidiado, convocan a una Asamblea General, a todos los usuarios que hayan hecho uso del servicio durante el último año.
  2. Las asociaciones de Usuarios se constituirán con un número plural de usuarios, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la respectiva institución y podrán obtener su reconocimiento como tales por la autoridad competente, de acuerdo con las normas legales vigentes
  3. Los interesados podrán inscribirse ante la entidad correspondiente.
  4. La asociación será de carácter abierto para garantizar el ingreso de nuevos usuarios.
  5. Las alianzas o asociaciones de usuarios elegirán sus representantes en asamblea general, y entre los elegidos de estas si hubieran varias asociaciones o alianzas de usuarios, para periodos de (2) años.

Objetivos de la Asociación de Usuarios

  1. Servir de vínculo entre los afiliados y la Institución Prestadora de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud.
  2. Informar, capacitar y educar a los usuarios en el ejercicio de sus derechos y deberes.
  3. Canalizar las sugerencias, inquietudes y reclamos de los usuarios y verificar las intervenciones que realiza la Institución ante estos.

Funciones de las Asociaciones de Usuarios

  1. Asesorar a los usuarios en la libre elección de la Entidad Promotora de Salud.
  2. Mantener canales de comunicación con los usuarios que le permita conocer sus inquietudes.
  3. Atender las quejas que los usuarios presenten y vigilar que se tomen los correctivos.
  4. Proponer medidas que mejoren la calidad técnica y humana de los servicios.
  5. Ejercer veedurías en las Instituciones del sector.
  6. Elegir sus representantes ante los distintos comités.

Legislación de las asociaciones de usuarios

Decreto 1757 de 1994

Capítulo IV: Participación en las instituciones del sistema de seguridad social en salud.

  1. Artículo 10: Alianzas o asociaciones de usuarios.

La Alianza o Asociación de Usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

  1. Artículo 11: Constitución de las asociaciones y alianzas de usuarios.

Las Asociaciones de Usuarios se constituirán con un número plural de usuarios, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la respectiva institución y podrán obtener su reconocimiento como tales por la autoridad competente, de acuerdo con las normas legales vigentes.

Representación de las asociaciones de usuarios ante otras instancias.

Artículo 12: Las asociaciones de usuarios elegirán sus representantes en asamblea general, para períodos de dos años, ante estas instancias de participación:

  1. Un representante ante la Junta Directiva de la respectiva empresa promotora de salud pública y mixta.
  2. Un representante ante la Junta Directiva de la institución prestataria de servicios de salud de carácter hospitalario, pública y mixta.
  3. Un representante ante el comité de participación comunitaria respectivo.
  4. Un representante ante el Consejo Territorial de Seguridad Social, elegido conforme a las normas que regulen la materia.
  5. Dos representantes ante el comité de ética hospitalaria, de la respectiva institución prestadora de servicios de salud, pública o mixta.

Asamblea general

  1. La Asamblea General está conformada por todos los usuarios que asisten a la convocatoria.
  2. La Asamblea podrá sesionar con el número de usuarios que asistan si se demuestra que las citaciones fueron oportunas y amplias. Para la toma de decisiones se tendrá como quórum la mitad más uno de los asistentes.
  3. La Asamblea General elige cada dos (2) años en reunión ordinaria la Junta Directiva, los comités de trabajo y los representantes de la organización en los demás espacios de participación.

Junta directiva

Conformada por:

  1. Presidente.
  2. Vicepresidente.
  3. Secretario.
  4. Vocales.

Funciones

  1. Elaborar y actualizar los documentos de la Asociación.
  2. Velar porque las actividades que realiza la Asociación estén acordes con las funciones, los objetivos y los estatutos.
  3. Presentar las reformas necesarias a los estatutos.
  4. Realizar reuniones ordinarias y extraordinarias.

¿Cómo hacer parte de la Asociación de Usuarios?

En la IPS Neuromédica creemos que tu voz es importante y queremos que formes parte de las decisiones que nos ayudan a mejorar.

En cumplimiento de la normatividad vigente en Participación Ciudadana (Circular 008 de 2018 y Decreto 1757 de 1994), y como parte de nuestras responsabilidades institucionales, te invitamos a participar en la conformación de la Asociación de Usuarios de nuestra IPS.

Ser parte de esta asociación te permitirá representarte a ti y a otros usuarios, velar por la calidad de la atención y contribuir al fortalecimiento de nuestros servicios de salud. ¡Tu participación hace la diferencia!

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