

Es un grupo de personas con vocación de servicio, afiliadas al régimen contributivo o subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que tienen derecho a acceder a los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación.
Su función principal es velar por la calidad de la atención y la defensa de los derechos y deberes de todos los usuarios de la institución.
Todas las personas afiliadas al SGSSS pueden participar conformando asociaciones o alianzas de usuarios, las cuales actúan como representantes ante las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y las Empresas Promotoras de Salud (EPS), ya sean de carácter público, mixto o privado.
Decreto 1757 de 1994
Capítulo IV: Participación en las instituciones del sistema de seguridad social en salud.
La Alianza o Asociación de Usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
Las Asociaciones de Usuarios se constituirán con un número plural de usuarios, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la respectiva institución y podrán obtener su reconocimiento como tales por la autoridad competente, de acuerdo con las normas legales vigentes.
Artículo 12: Las asociaciones de usuarios elegirán sus representantes en asamblea general, para períodos de dos años, ante estas instancias de participación:
Conformada por:
En la IPS Neuromédica creemos que tu voz es importante y queremos que formes parte de las decisiones que nos ayudan a mejorar.
En cumplimiento de la normatividad vigente en Participación Ciudadana (Circular 008 de 2018 y Decreto 1757 de 1994), y como parte de nuestras responsabilidades institucionales, te invitamos a participar en la conformación de la Asociación de Usuarios de nuestra IPS.
Ser parte de esta asociación te permitirá representarte a ti y a otros usuarios, velar por la calidad de la atención y contribuir al fortalecimiento de nuestros servicios de salud. ¡Tu participación hace la diferencia!
La PPSS fue establecida en la Resolución 2063 de 2017 y es una estrategia de Minsalud que busca asegurar que todas las personas tengan voz en las decisiones relacionadas con el derecho fundamental a la salud. Esta política se enmarca en las leyes 1438 de 2011, 1751 de 2015 y 1757 de 2015.
Definir y desarrollar directrices que permitan al Estado garantizar el derecho de las personas a participar en salud a partir del fortalecimiento de sus capacidades para involucrarse en dicho tema.
Es un mecanismo que atiende reportes de actividades que sean contrarias a la Ley y al Código de ética y conducta, conductas que atenten contra los derechos humanos y comportamientos inapropiados o indeseables dentro de Neuromédica S.A.S. En todo el proceso se mantiene la confidencialidad, garantizando absoluta reserva. Cualquier colaborador(a) y/o tercero(a) relacionado(a) con Neuromédica S.A.S., puede hacer su reporte a través de la Línea Ética.
Si conoces o eres testigo de una de estas situaciones o tienes alguna duda puedes contactarnos por cualquiera de nuestros canales disponibles:
La PPSS fue establecida en la Resolución 2063 de 2017 y es una estrategia de Minsalud que busca asegurar que todas las personas tengan voz en las decisiones relacionadas con el derecho fundamental a la salud. Esta política se enmarca en las leyes 1438 de 2011, 1751 de 2015 y 1757 de 2015.
Definir y desarrollar directrices que permitan al Estado garantizar el derecho de las personas a participar en salud a partir del fortalecimiento de sus capacidades para involucrarse en dicho tema.
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